Osakidetza ha sido condenada por no respetar la intimidad de una trabajadora, al no garantizar la protección de datos sensibles. Exigimos una investigación interna y que Osakidetza asuma responsabilidades.

 

Logotipo de Osakidetza con un candado abierto

 

« Esta sentencia  rechaza el recurso de Osakidetza , que se ha negado a reconocer su error »

 

Todos y todas entendemos y sabemos de la necesidad de control que las administraciones públicas han de ejercer a la hora de recabar y proteger nuestros datos en los diferentes soportes, especialmente el informático, y sobre todo por una administración como Osakidetza.

 

Vulneración de la intimidad en Osakidetza

Sin embargo, ESK ha tenido conocimiento de una serie de actuaciones por parte de Osakidetza que han derivado en una sentencia del TSJPV donde se declara que ésta ha cometido vulneración del Derecho fundamental a la intimidad contra una trabajadora.

Los hechos se remontan a junio de 2019, cuando dicha trabajadora denunció ante la Agencia Vasca de Protección de Datos que, habiendo presentado un escrito ante la Comisión de Resolución de Conflictos de su Organización, el mismo fue entregado a un tercer implicado, sin su conocimiento ni consentimiento y sin habilitación legal; de hecho, dicho escrito también fue puesto en conocimiento del INSS sin el consentimiento de la trabajadora. Osakidetza fue sancionada por la AVPD por infringir el Reglamento General de Protección de datos por una infracción grave.

Esta actuación pone de manifiesto el nulo interés de Osakidetza por usar de manera adecuada las herramientas que ella misma se ha dotado para resolver los posibles conflictos que surgen entre sus profesionales; que una Comisión de Resolución de Conflictos, pensada para salvaguardar los intereses de las personas, acabe filtrando sus informes a terceros.

 

Sin investigación interna

Tal y como nos tiene acostumbradas Osakidetza, en vez de reconocer su falta, iniciar una investigación interna para asumir responsabilidades y articular los mecanismos pertinentes para que esto no vuelva a suceder, procede a recurrir dicha sanción, recurso que ha finalizado con la sentencia anteriormente citada.

Para ESK, estos hechos son de suma gravedad, documentación que forma parte de un proceso de investigación de un conflicto interno no puede pasar de mano en mano como si nada; exigimos que Osakidetza asuma sus responsabilidades, realice una investigación interna para esclarecer quién y por qué se entregó el escrito de la trabajadora a terceros y tome las oportunas medidas para que esto no vuelva a suceder.

 

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